La jueza que investiga la posibilidad de incidencia de la manifestación del 8-M en Madrid, Carmen Rodríguez-Medellín, ha remitido un oficio a la Secretaría de Estado de Seguridad. En la misma recuerda que desde que inició la investigación dio la una orden expresa a la Guardia Civil. El cuerpo actúa como policía judicial y debía “guardar rigurosa reserva” sobre las investigaciones. También advierte que la infracción del mismo puede dar lugar a responsabilidades legales.
El oficio ha sido remitido al secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. Esta coincide con la decisión del Ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, de cesar “por perdida de confianza” al jefe de la comandancia, el coronel Diego Pérez de los Cobos.
Algunos sectores del Instituto Armado relacionan el cese con los informes judicializados y declarados secretos sobre la manifestación feminista del 8-M.
La juez mantiene abiertas unas diligencias en las que ha encargado a la Guardia Civil que investigue cómo actuaron las autoridades sanitarias y la Delegación del Gobierno durante el origen de la pandemia.
Además, ha citado a declarar como imputado el próximo 5 de junio al delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, José Manuel Franco. Lo ha hecho por permitir concentraciones multitudinarias los días previos a la declaración del estado de alarma. Entre ellas, está la marcha del 8 de marzo por el Día Internacional dela Mujer.
El oficio remitido a interior, la magistrada recuerda que desde el primer día de la investigación -25 de marzo- dió la orden “expresa a la Policía Judicial actuante de guardar rigurosa reserva sobre la evolución. Y sobre resultado de las concretas investigaciones que les hubiera sido encomendadas. Así como de todas las informaciones que, a través de ellas, obtengan”.
En este también enfatizó que cualquier nota de prensa que la Guardia Civil quisiera hacer publica “debía contar previamente” con su autorización. Y que sería ella quien decidiría “no solo el hecho en sí de facilitar dicha nota. Sino también su correcto contenido”.
La magistrada también advierte al secretario de Estado que la infracción de este deber “debe ser corregida disciplinariamente. Sin prejuicio de otras responsabilidades a que la misma pudiera dar lugar”. Entre las que se contemplan las responsabilidades penales.
En caso de producirse las ultimas, la juez asegura “podría dar lugar a la correspondiente investigación por parte de este juzgado”. Esto está establecido en el real decreto de junio de 1987 que regula el funcionamiento de la Policía Judicial.
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