
Las familias de la Región de Murcia con menores rentas pueden deducirse 120 euros por hijo en el IRPF al justificar gastos en material escolar y libros de texto que hayan realizado en el ejercicio 2020. Ésta es una de las trece deducciones de la Comunidad disponibles este año en la declaración de la Renta, que puede presentarse 'online' desde el 7 de abril.
La previsión de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital es que más de 40.000 familias se beneficien de esta deducción autonómica, que ya fue la que se tradujo en un mayor ahorro acumulado para los contribuyentes en la campaña de la Renta del año pasado (6,2 millones de euros). A continuación, las deducciones que supusieron mayor ahorro para los ciudadanos fueron las aplicadas por gastos de guardería (1,9 millones) y por inversión en vivienda habitual para jóvenes de hasta 35 años (698.000 euros).
La deducción de 120 euros se aplica a la cuota autonómica del IRPF, por la adquisición de material escolar y libros de texto derivados de la escolarización de descendientes en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria. Los contribuyentes deben tener residencia habitual en la Región.
El consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, Javier Celdrán, destacó que "esta deducción tiene en cuenta el nivel de renta y el número de hijos de la unidad familiar, a fin de que sus beneficiarios sean quienes menos ingresos tengan y más lo necesitan. En conjunto, los murcianos pudieron ahorrarse más de seis millones gracias a esta medida, que implantamos en 2016 con un descuento de 100 euros y que incrementamos hasta los 120 euros en 2018".
Los requisitos de renta establecen que, en el caso de familias numerosas, la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro debe ser inferior a 33.000 euros en caso de declaración individual, o a 53.000 euros en caso de declaración conjunta. Si no se trata de familia numerosa, la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro debe ser menor de 20.000 euros en caso de declaración individual, y de 40.000 euros en caso de declaración conjunta.
La deducción corresponderá al ascendiente que haya adquirido los libros de texto y el material escolar. Cuando exista más de un declarante con derecho a la aplicación de la deducción, el importe se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
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