La Comunidad ha declarado la veda temporal para el ejercicio de la pesca en la modalidad de arrastre de fondo en aguas interiores desde el 14 de enero al 5 de marzo, en un primer período, y desde el 7 de octubre al 5 de noviembre, en un segundo, según recogió este jueves el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
Esta veda temporal tiene como finalidad cumplir con los objetivos de reducción del esfuerzo pesquero, así como promover una mayor eficiencia en la recuperación de los recursos demersales y mejorar la organización del sector.
Los días de inactividad no incluidos para los que no existan posibilidades de pesca derivadas de limitaciones en la producción pesquera podrán ser objeto de un expediente de regulación de empleo, de acuerdo con lo que establezca la normativa laboral.
La propuesta de los periodos de veda fue remitida a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia, que mostraron su conformidad a la misma.
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